La carne y la leche del país de origen extracomunitario, así como productos elaborados a partir de estos alimentos, son los principales afectados por la normativa, de la que quedan excluidos países como Croacia, Islas Feroe e Islandia cuando el volumen de productos no supere los diez kilos.
La leche en polvo y alimentos para bebés, alimentos especiales y comida para mascotas prescritos por razones médicas se podrán transportar con la condición de que su peso no sea mayor a dos kilogramos, que no necesiten refrigeración antes de su apertura, que sean de venta directa al consumidor, y que su precinto esté intacto si no está siendo utilizado.
La normativa no se aplicará a los productos transportados entre Estados miembros ni a aquellos procedentes de Andorra, Liechtenstein, Noruega, San Marino y Suiza.
vía: www.consumer.es
La leche en polvo y alimentos para bebés, alimentos especiales y comida para mascotas prescritos por razones médicas se podrán transportar con la condición de que su peso no sea mayor a dos kilogramos, que no necesiten refrigeración antes de su apertura, que sean de venta directa al consumidor, y que su precinto esté intacto si no está siendo utilizado.
La normativa no se aplicará a los productos transportados entre Estados miembros ni a aquellos procedentes de Andorra, Liechtenstein, Noruega, San Marino y Suiza.
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